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En una negociación fuera del marco del diálogo social y sin ninguna
participación sindical, se ha ampliado el derecho a la percepción de la
pensión por jubilación de aquellos trabajadores con un grado de
discapacidad superior al 45% (hasta ahora solo con el 65% de
discapacidad) siempre que acrediten al menos 15 años de cotización a la
Seguridad Social. De este modo se amplía la medida anterior que tenía un
carácter meramente simbólico.
Para la Federación de Enseñanza de CC.OO. esta medida debería alcanzar a
todos los trabajadores con discapacidad superior al 33% y con incentivos
suficientes, que les permita disponer de una pensión suficiente para
vivir con dignidad y atendiendo a las dificultades y barreras que
mantiene todavía nuestra sociedad.
Por otra parte, se ha producido un incremento hasta el 75% del Salario
Mínimo Interprofesional (SMI) de las ayudas directas a la contratación
indefinida cuando antes era del 50%. A partir de la entrada en vigor de
la medida, las empresas-Centros Especiales de Empleo recibirán todos los
meses una ayuda económica del 75% del valor del SMI por cada contrato
indefinido de trabajador con discapacidad en el Centro Especial de
Empleo.
La ley no señala el salario que deben percibir los trabajadores con
discapacidad contratados en un Centro Especial de Empleo pero los
empresarios de los Centros Especiales de Empleo (en adelante CEE)
mantienen una posición intransigente para no modificar los salarios por
encima del SMI.
En 2007, la Federación de Enseñanza de CC.OO. promovió el XIII Convenio
Colectivo que afecta a este sector. Después de dos años de
negociaciones, sigue sin atenderse nuestra propuesta: un salario mínimo
de convenio de 835 euros para la figura de operario de los centros
especiales de empleo (se contrata con esta figura al 99% de los
trabajadores con discapacidad en los CEE).
Quizás con esta nueva financiación de las administraciones los
empresarios de los CEE accedan a la reivindicación de los trabajadores
con discapacidad y procedan a aceptar la propuesta de CC.OO. para
incrementar los salarios de estos trabajadores en un 25%.
Recordamos que la mejor pensión es directamente proporcional al tiempo
de trabajo cotizado y a la base de cotización, es decir, al mejor
salario. |