Federación de Enseñanza de CCOO | 29 marzo 2024.

CCOO logra que Educación rectifique y permita la evaluación de la actividad investigadora del personal temporal

    La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades ejecuta con inusual prontitud la sentencia ganada por la Federación de Enseñanza de CCOO.

    12/01/2018.
    El sindicato recuerda a las personas afectadas que deberán ejercitar el derecho al resarcimiento del daño sufrido.

    El sindicato recuerda a las personas afectadas que deberán ejercitar el derecho al resarcimiento del daño sufrido.

    El Boletín Oficial del Estado publicó ayer una resolución del 9 de enero de 2018 por la que se equipara al funcionariado de carrera y el personal interino que realiza labores de investigación, permitiendo a este último la evaluación de su actividad investigadora, vetada en la convocatoria sobre el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora de 13 de diciembre de 2017.

    Esta modificación es consecuencia directa de la sentencia de 26 de diciembre de 2017 ganada por la Federación de Enseñanza de CCOO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Central nº 8, que declara nulo el precepto por el que se discriminaba al investigador temporal respecto al de carrera.

    El contenido de la resolución modificada era idéntico al declarado nulo por el Juzgado Central, relativo a la resolución de 2016. CCOO ha conseguido que, sin mediar procedimiento de ejecución y en un plazo inusualmente rápido, la Administración rectifique y modifique la convocatoria de diciembre de 2017, que en un futuro casi seguro sería declarada nula.

    Con la nueva resolución, la Secretaría de Estado de Educación abre a las universidades la posibilidad de permitir la evaluación de la actividad investigadora de todo el personal temporal que realiza labores de investigación en las citadas instituciones. De esta forma, se cumple el principio de igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución española.

    CCOO muestra su sorpresa ante el hecho de que la Administración no haya explicado las repercusiones que conlleva la declaración de un acto nulo por parte de la sentencia judicial, es decir, el daño causado por no haber podido ser evaluado en la convocatoria de 2016 y la consecuente pérdida retributiva por este error del Ministerio de Educación. La Federación de Enseñanza de CCOO recuerda a las personas afectadas, en torno a las 5.000, que deberán ejercitar el derecho al resarcimiento del daño sufrido.