Federación de Enseñanza de CCOO | 26 abril 2024.

CCOO exige la apertura inmediata de un proceso de negociación efectiva del Decreto de condiciones laborales del personal predoctoral

  • Estatuto del Personal Investigador en Formación

El Gobierno, acuciado por las exigencias del Parlamento y con un retraso de varios años respecto del mandato previsto en la Ley de la Ciencia y Tecnología, ha presentado una propuesta de Real Decreto para regular las relaciones laborales de los contratados predoctorales cuyo contenido no puede ser más decepcionante.

02/03/2018.
Consulta las reivindicaciones de CCOO en relación al personal investigador en formación.

Consulta las reivindicaciones de CCOO en relación al personal investigador en formación.

La Federación de Enseñanza de CCOO denuncia que, con su propuesta para el personal investigador en formación, el Gobierno condena a la precariedad a miles de investigadores e investigadoras que desarrollan su actividad en centros de investigación, universidades y fundaciones.

En concreto, el borrador de Real Decreto incluye el establecimiento de una actividad laboral, adicional a la investigadora, de 240 horas lectivas para quienes desarrollen su actividad en las universidades, duplicando las horas previstas hasta ahora en algunos programas específicos de contratación predoctoral. CCOO alerta de que con esta decisión se pretende dotar a las universidades de personal adicional para cubrir necesidades docentes, ocultando así los serios problemas que afrontan los campus por los recortes de plantillas y la tasa de reposición y añadiendo otros nuevos de precariedad a los ya existentes (profesorado asociado y otras figuras utilizadas masivamente de forma irregular cuando no fraudulenta).

Por otro lado, se propone un régimen salarial inaceptable, al aplicar los porcentajes de reducción salarial previstos en la Ley de la Ciencia, tomando como referencia el salario de figuras idénticamente formativas que ya de por sí tienen un salario reducido.

Asimismo, se contempla un régimen de extinción del contrato completamente abierto e inseguro. A esto se une la inexistencia de indemnización alguna a la finalización del contrato.

A la vista de lo anterior, CCOO exige la convocatoria inmediata de una mesa de negociación efectiva en los términos previstos legalmente en la que, una vez recabadas las reivindicaciones del colectivo, se aborde una regulación que se base en:

- El reconocimiento de la actividad investigadora como único y principal objeto del contrato predoctoral, como prevé la Ley de la Ciencia, de modo que cualquier actividad docente adicional solo se pueda desarrollar en el marco de su objetivo investigador y para su mejora, en la colaboración en la docencia de carácter práctico, siempre que se garantice su carácter voluntario y la cuantía de las horas máximas que se puedan realizar no afecte al objetivo primordial del contrato, realizar la tesis doctoral.

- El establecimiento de un salario digno acorde con la actividad investigadora (con resultados investigadores efectivos), estableciendo como referencia para los porcentajes de salarios previstos en la Ley de la Ciencia actividades y salarios adecuados, así como la regulación de condiciones económicas mínimas dignas para las convocatorias públicas.

- Un régimen de despido que se ajuste al previsto con carácter general en el Estatuto de los Trabajadores. Si se pretenden establecer especificidades en la extinción por la obtención de un informe negativo de la actividad anual del investigador, debe limitarse en todo caso, como exige el Estatuto de los Trabajadores, a supuestos de incumplimientos graves y culpables o a imposibilidades objetivas de continuar la actividad investigadora.

- La incorporación del derecho a la indemnización por finalización de contrato en los términos previstos para los contratos de obra y eventuales, tal y como establecen las directrices europeas y las recientes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Todo ello debe enmarcarse en un imprescindible plan de estabilización y ampliación de las plantillas en los organismos de investigación y en las universidades que prevea los mecanismos de adecuada incorporación y promoción de las y los jóvenes investigadoras e investigadores.

Más información. Secretaría de Comunicación de FECCOO, 628 09 18 54.